El tejido empresarial español está formado en un 98% por pymes, empresas de menos de 50 empleados con una facturación de menos de 2 millones de euros. Las pymes representan alrededor de un 65% del PIB del país y generan el 66% de los puestos de empleo.
Lo normal es que tu restaurante sea una de estas empresas, del mismo modo que lo normal en nuestro sector (o lo más frecuente, al menos) es no tener conciencia de la importancia de la formación continua de los trabajadores, lo que, en la mayoría de las ocasiones, hace que acaben el año sin haber utilizado el crédito disponible para la formación.
De hecho, aunque el crédito para cursos bonificados caduca anualmente, las empresas de menos de 50 empleados pueden acumularlo. Para poder hacer efectiva esa reserva de crédito, las empresas deben comunicar expresamente esa intención de guardar el crédito a la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) durante los primeros meses del año. Sin embargo, a pesar de estas facilidades, alrededor de un 70% de las empresas no llegan a utilizar el crédito destinado a formación en su totalidad.
La disposición adicional que establece la financiación de la formación profesional para el empleo fija la cuantía máxima del crédito de formación bonificada para las empresas durante 2018. El crédito para formación dependerá de la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional y volumen de plantilla durante 2017. Por ejemplo, si en 2017 pagaste por esos conceptos 1.000 euros, el crédito (en términos de dinero y tanto por ciento), quedaría así:
- Empresas de 6 a 9 trabajadores: 1.000 euros (100% sobre lo cotizado).
- De 10 a 49 trabajadores: 750 euros (75% sobre lo cotizado).
- De 50 a 249 trabajadores: 600 euros (60% sobre lo cotizado).
- De 250 o más trabajadores: 500 euros (50% sobre lo cotizado).
Como ves, estas cantidades pueden llegar a ser muy significativas. ¿Vas a perderlas? Desde luego, no deberías. En un contexto de cambio constante y a toda velocidad, en el que la revolución tecnológica, la eclosión de las redes sociales y un usuario completamente conectado, cobra cada vez más importancia disponer de un equipo correctamente actualizado y formado, si a lo que se aspira es a tener una empresa que aumente anualmente sus ventas y mantenga su cuota de mercado.
Lo recomendable es, sin duda, que al inicio de cada ejercicio hagas una previsión de la formación que necesites en tu restaurante y revises los catálogos de formación bonificada, para asegurarte de que tus empleados van a aprovechar este recurso. Si aún no lo has hecho, date prisa en solicitar tu formación bonificada porque, si no lo haces antes de final de año, la perderás.
Hay muchos cursos que tendrán una aplicación directa al día a día de tu restaurante. Plantéate la formación de tu personal en idiomas, en atención al cliente, en seguridad alimentaria, en prevención de riesgos laborales, cursos de barman, cata de licores, enología, organización de eventos, tratamiento del comensal infantil, animación y un sin fin de posibilidades que mejorarán el servicio que ofreces a tus clientes.
Pero, ¿quiénes se pueden beneficiar de ella, exactamente? ¿Cuánto dinero podemos “gastar”? ¿Puedo saber cuál es mi crédito? ¿Quiénes son los destinatarios del crédito formativo? Veamos la respuesta a algunas de estas preguntas.
¿Las empresas tienen derecho a un crédito mínimo?
Todas las empresas que cotizan por Formación Profesional, independientemente de su tamaño y fecha de creación, disponen de un crédito para formación mínimo, que actualmente es de 420 euros.
Las empresas de nueva apertura y de 1 a 5 trabajadores, dispondrán también de un crédito mínimo de 420 euros. Este crédito no dependerá de las cantidades cotizadas durante el año anterior, se establece así para garantizar que los pequeños negocios, que normalmente disponen de menos presupuesto, puedan acceder a formación bonificada para sus plantillas.
Las empresas de nueva creación durante 2018, o aquellas que abran un nuevo centro de trabajo, cuando incorporen trabajadores a la plantilla, dispondrán de un crédito de bonificaciones igual a multiplicar la cuantía de 65 euros por el número de trabajadores de nueva incorporación.
¿La empresa tiene que hacer alguna aportación o el crédito cubre todos los costes de formación?
Las empresas con más de 5 trabajadores están obligadas a participar en la financiación de los costes de su plan de formación anual. Esta aportación se denomina cofinanciación y varía en función de la plantilla:
- de 6-9 trabajadores – 5%
- de 10-49 trabajadores – 10%
- de 50-249 trabajadores – 20%
- de más de 250 trabajadores – 40%
Las empresas de 1 a 5 trabajadores quedan exentas de cofinanciar con sus propios recursos la formación.
¿Hay límites en el uso del crédito?
Dependiendo de la modalidad de impartición (presencial, teleformación, mixta), existe un máximo financiable. En la modalidad presencial, este límite depende también del nivel de formación. Puedes calcular este coste en el simulador de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.
Tengo aplazamientos de pago de los seguros sociales. ¿Afecta esto a mi crédito formativo?
La cuota de formación se calcula en función de los ingresos efectivamente realizados de enero a diciembre del año anterior. Por tanto, la reducción de ingresos en un ejercicio minorará el crédito asignado a la empresa para el ejercicio siguiente.
¿Influye en el crédito la apertura de nuevos centros de trabajo?
En el caso de apertura de nuevos centros de trabajo en el año en curso, el importe del crédito inicial que tenga la empresa se incrementará con el resultado de multiplicar el número de trabajadores nuevos incorporados al centro (de acuerdo con el primer boletín de cotización a la Seguridad Social) por 65 euros.
¿Quiénes son los destinatarios del crédito formativo?
En términos generales, los destinatarios son:
- Trabajadores asalariados de todas las empresas con centro o centros de trabajo en España y que coticen a la Seguridad Social por contingencias de formación profesional, con independencia de su tamaño y de su ubicación, excluidas empresas públicas incluidas en los planes AFEDAP.
- También fijos discontinuos en periodos de no actividad.
- Personas que pasan a situación de desempleo durante la impartición del curso.
- Trabajadores afectados por medidas temporales de suspensión de contrato en el periodo de suspensión de empleo.
- No pueden participar autónomos (sí sus asalariados, de tenerlos, en caso de que coticen por FP).
¿Cómo calcular el crédito?
Las empresas pueden conocer en todo momento el crédito del que disponen para formar a sus trabajadores, simplemente teniendo en cuenta dos variables:
- Cuánto han cotizado en concepto de Formación Profesional para el Empleo en el año anterior.
- La plantilla media de la empresa.
Para ver de qué crédito disponemos en 2018 para formación de los trabajadores, lo primero que hay que hacer es supervisar los TC1 y sumar todos los importes que viene en la casilla 501, de los meses de diciembre de 2016 a noviembre de 2017, ambos incluidos. El importe que resulte lo multiplicaremos por 0,7 que es lo que cotizamos por FPE. El resultado es el importe total cotizado el año anterior. Luego tendremos que aplicar el porcentaje que se establece cada año en función del número de trabajadores de la empresa.
Si aún te queda alguna duda al respecto, recuerda que todo lo relacionado con tu crédito formativo podrás consultarlo en la web www.fundae.es, incluido un simulador que te será de gran ayuda.
En definitiva, la formación bonificada es una oportunidad para mantener a tu personal continuamente formado y adaptado a la realidad del mercado Además, la uses o no la uses, ya la estás pagando. ¡Aprovéchala!